Brasil cierra fronteras durante 30 días; medida no aplica a Foz y Ciudad del Este
La Ordenanza no se aplica a los residentes de ciudades fronterizas consideradas gemelas, como Foz do Iguaçu y Ciudad del Este, en Paraguay. Según el artículo 4, inciso II, “Se permite el tráfico de residentes fronterizos en ciudades gemelas, previa presentación de un documento de residente fronterizo u otro documento acreditativo, siempre que se garantice la reciprocidad en el trato de los brasileños por parte del país vecino”.
La medida también prevé la exigencia de pruebas de diagnóstico de coronavirus con resultado negativo para todos los que deseen ingresar al país, a partir del día 30 de este mes, ya sean extranjeros o brasileños, por vía aérea.
Los viajes hacia o desde el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte están suspendidos a partir de Navidad, viernes 25. También está prohibida la llegada de extranjeros con conexiones en estos países. La medida tiene en cuenta "el impacto epidemiológico que puede tener la nueva variante del coronavirus SARS-CoV-2" en el país.
El documento sigue los lineamientos de la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa) y fue firmado por el Ministro de Estado, Jefe de Gabinete de la Presidencia de la República, Walter Souza, por André Mendonça, Ministro de Justicia y Eduardo Pazuello, Ministro de Salud.
Sin referirse a ninguna categoría de acción humanitaria, el texto también destaca la aplicación de restricciones: "Los ministerios deben adoptar las medidas necesarias para cumplir con lo establecido en esta Ordenanza, en el ámbito de sus funciones".
Quienes se acojan a las excepciones que les permiten ingresar al país, sean brasileños o no, deben cumplir con una cuarentena de 14 días en casa, en total aislamiento, para asegurar que no contagien a otras personas si estuvieran con Covid-19 a nivel asintomático en el país. aterrizaje.
En ausencia de una fecha para la reapertura total de las fronteras, la ordenanza también establece excepciones para que los extranjeros entren al país. Quienes sean: cónyuge, pareja, hijo, padre o curador de un brasileño; están trabajando en el transporte de carga; o que cuenten con un Registro Nacional de Migraciones, están exentos de restricciones.
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